No.
La directiva comunitaria sobre asistencia mutua entre los Estados miembros (y los de la Unión) para el cobro de deudas de origen fiscal (impuestos) fue transpuesta al derecho nacional con el decreto legislativo número 149, de 14 de agosto de 2012, que transpone la directiva comunitaria 2010/ 24.
El objetivo de la legislación comunitaria es mejorar y facilitar la asistencia mutua en materia de recuperación dentro de la Unión. El decreto legislativo, publicado en el Diario Oficial número 202 de 30 de agosto de 2012, en 19 artículos, establece las normas de asistencia mutua para el cobro de deudas originadas en el territorio nacional o en otro Estado miembro.
Los estados o territorios con los que se encuentran vigentes convenios para el intercambio de información y para la asistencia en el cobro de deudas tributarias son los que se indican en la siguiente lista:
- Austria
- Bélgica
- Bulgaria
- Chipre
- Dinamarca
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Alemania
- Grecia
- Irlanda
- Islandia
- letonia
- Lituania
- luxemburgo
- Malta
- Noruega
- Países Bajos
- Polonia
- Portugal
- Reino Unido
- República Checa
- Rumania
- Eslovaquia
- Eslovenia
- España
- Suecia
- Hungría