El secreto bancario es una opción presente a nivel legal y a veces constitucional en algunas jurisdicciones que aplican un cierto "velo" de privacidad sobre la información relativa a una cuenta corriente.
Estas opciones de privacidad varían de una jurisdicción a otra, no todas son iguales y no son adecuadas para todos los tipos de cuentas abiertas. De hecho, para abrir una cuenta en un país que goza del secreto bancario, un particular sólo podrá beneficiarse de ella si además se traslada allí con residencia fiscal. De hecho, la residencia fiscal es el parámetro legal sobre el cual las entidades bancarias extraterritoriales determinan si una persona puede beneficiarse del secreto bancario o debe estar sujeta al intercambio de información bancaria con su país de origen. Sólo aquellos que verdadera y legalmente se trasladen a otro país podrán beneficiarse del secreto bancario de ese país. De lo contrario, los bancos estarán obligados a intercambiar información con las autoridades fiscales europeas sobre la misma base que el intercambio que ya tiene lugar entre instituciones y autoridades fiscales que forman parte de la comunidad europea.
Aunque hay muchos países, los más indicados son aquellos que a cambio de una residencia fiscal, ofrecen legalmente la protección del nombre y la cuenta y sus transacciones hacia las jurisdicciones de la OCDE, por lo tanto Panamá, Paraguay, Costa Rica.
Es posible tener una lista precisa de todos los bancos offshore y onshore a través del portal del banco central de su interés
A continuación se muestra una lista mínima de los bancos centrales de mayor interés para nuestros clientes
La lista no incluye países europeos individuales y países sin importancia financiera
A
b
C
d
Banco Central de la República Dominicana
Y
Banco Central de los Emiratos Árabes Unidos
F
gramo
h
EL
k
Banco Central de Corea del Sur
L
metro
No
Banco Central de Nueva Zelanda
PAG
q
R
Calle
Banco Central de los Estados Unidos
T
Banco Central de Trinidad y Tobago
tu
v
Sí, siempre es posible y cuando el accionista de la sociedad haya adquirido la condición de residente fiscal en un país con Cero Intercambio de información fiscal y bancaria.
Los documentos requeridos para abrir una cuenta bancaria offshore como persona particular, por lo tanto una cuenta personal, son: Pasaporte original con al menos 6 meses de vigencia, código fiscal, licencia de conducir o cédula de identidad, factura de servicios públicos original a su nombre y apellido, una referencia bancaria de cualquier banco del que sea cliente, extracto bancario de los últimos 6 meses, su residencia fiscal o un contrato con un abogado que indique el inicio del procedimiento de residencia fiscal.
Para una sociedad, en cambio, se requieren los documentos societarios apostillados y notariados de la sociedad abierta y los mismos documentos personales del accionista, necesarios para la apertura de la cuenta personal. En todos los casos será necesario superar el test KYC del Instituto Bancario. preguntas frecuentes
Sí. Podemos abrir una transacción limitada a 5000 USD mensuales. Para una cuenta ilimitada, debe venir a Panamá en persona.
Sí, podemos abrir cuentas en varios lugares, cuando lo haga sin tener una residencia fiscal adecuada para el caso, es su deber legal declarar ante las autoridades fiscales del país de residencia del que proviene, la cuenta y sus transacciones. , de acuerdo con los límites y regulaciones de su país de residencia. Esto es para que no incurras en multas, infracciones y tu cuenta offshore pueda operar legalmente a la luz del día.
No.
La directiva comunitaria sobre asistencia mutua entre los Estados miembros (y los de la Unión) para el cobro de deudas de origen fiscal (impuestos) fue transpuesta al derecho nacional con el decreto legislativo número 149, de 14 de agosto de 2012, que transpone la directiva comunitaria 2010/ 24.
El objetivo de la legislación comunitaria es mejorar y facilitar la asistencia mutua en materia de recuperación dentro de la Unión.
El decreto legislativo, publicado en el Diario Oficial número 202 de 30 de agosto de 2012, en 19 artículos, establece las normas de asistencia mutua para el cobro de deudas nacidas en el territorio nacional o en otro Estado miembro. Los estados o territorios con los que se encuentran vigentes convenios para el intercambio de información y para la asistencia en el cobro de deudas tributarias son los que se indican en la siguiente lista:
- Austria
- Bélgica
- Bulgaria
- Chipre
- Dinamarca
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Alemania
- Grecia
- Irlanda
- Islandia
- letonia
- Lituania
- luxemburgo
- Malta
- Noruega
- Países Bajos
- Polonia
- Portugal
- Reino Unido
- República Checa
- Rumania
- Eslovaquia
- Eslovenia
- España
- Suecia
- Hungría
Sí, es legal. Es ilegal hacer un uso ilícito de la misma, blanquear dinero u ocultar bienes que no son tuyos o evadir impuestos.
La mejor cuenta en el extranjero para enviar y recibir transferencias electrónicas depende de su instalación y CRS, estándares comunes de informes, TIEA y cualquier residencia o doble ciudadanía que tenga y su decisión de abrir una cuenta corporativa o personal en el extranjero. Cualquiera que responda con el nombre exacto de un instituto evidentemente lo hace de mala fe. No existe una cuenta única para todos, una solución única para todos. Necesitamos una solución para diferentes tipos de casos y, por lo tanto, necesitamos una reflexión fiscal y financiera respaldada por ingenieros fiscales que puedan comprender las brechas en las que se puede encontrar el cliente para evitar interrupciones operativas a largo plazo. Póngase en contacto con nosotros al respecto.