Sí. El gobierno cobra una multa de $50 si no paga a tiempo su impuesto anual de franquicia corporativa. Después de la primera multa, el gobierno cobra una segunda multa de $300 por el impago de dos períodos impositivos consecutivos. Nuestro bufete cobra una multa de $50 por período impositivo por el impago de los honorarios de agente residente, domicilio social y director ejecutivo. Es fundamental mantener su entidad al día; de lo contrario, el Registro Público de Panamá cancelará el registro de su empresa, lo que encarecería su reactivación.