Residencia en Puerto Rico
Una guía completa sobre la residencia en Puerto Rico para ciudadanos italianos. Puerto Rico, territorio estadounidense con moneda estadounidense, ofrece extraordinarios incentivos fiscales a través de la Ley 60: 0% de impuesto sobre las ganancias de capital para residentes individuales y 4% para empresas de servicios exportados. La residencia requiere aprobar el examen de buena fe (183 días o más al año). En esta página: Ley 60, examen de residencia, naturalización estadounidense, corporaciones, comparación de impuestos y preguntas frecuentes.

El gobierno de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como resultado de esta relación política, el control de entrada y salida de sus fronteras lo ejerce el gobierno federal de los Estados Unidos.
El Departamento de Estado de Puerto Rico se encarga de orientar a los extranjeros interesados en visitar la isla y actúa como enlace con las autoridades federales para aclarar o agilizar los trámites de visa. Los visitantes a Puerto Rico tienen las mismas restricciones y privilegios migratorios que cualquier otro destino en Estados Unidos.
Para fines de inmigración, viajar desde cualquier parte de Estados Unidos a Puerto Rico no constituye una salida de Estados Unidos, siempre que el vuelo sea directo. Asimismo, los viajeros que llegan a Estados Unidos desde Puerto Rico no necesitan pasar por inmigración. Sin embargo, para fines de identificación, deben portar una identificación válida, como una licencia de conducir, un documento emitido por una agencia estatal o federal, o un certificado de nacimiento original.
Ley 60: Incentivos contributivos de Puerto Rico
La Ley60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico), que unificó las leyes anteriores, la Ley 20 (Servicios de Exportación) y la Ley 22 (Inversionistas Individuales), en un único código de incentivos fiscales, es un elemento clave para el atractivo de Puerto Rico para inversionistas y emprendedores. La Ley 60 se divide en capítulos, cada uno dedicado a una categoría específica de beneficiarios.
Trabajamos en coordinación con despachos de abogados locales en San Juan y brindamos apoyo durante todo el proceso, desde la evaluación de la elegibilidad hasta la obtención del decreto de exención fiscal.
Capítulo 2 — Inversionista Individual Residente (ex Ley 22)
El Capítulo 2 de la Ley 60 establece una exención total de los impuestos puertorriqueños sobre dividendos, intereses y ganancias de capital obtenidos después de establecer legal en Puerto Rico. En combinación con la Sección 933 del Código de Rentas Internas federal, los ingresos de fuente puertorriqueña tampoco están sujetos a impuestos federales estadounidenses.
| Ley de Prestaciones 60 — Personas | Detalles |
|---|---|
| Ganancias sobre el capital | 0% sobre las ganancias de capital acumuladas después de la residencia |
| Dividendos | 0% sobre dividendos de origen puertorriqueño |
| Intereses | 0% de interés de fuentes puertorriqueñas |
| Donación anual obligatoria | USD 10.000 a organizaciones locales sin fines de lucro (incluidos USD 5.000 para abordar la pobreza infantil) |
| Compra de propiedad | Obligatorio dentro de los 2 años siguientes al decreto (residencia principal, no alquilable) |
| Tarifa de presentación anual | 5.000 dólares estadounidenses |
| Validez del decreto | Hasta el 31 de diciembre de 2035 |
Capítulo 3 — Servicios de Exportación y Comercio (anteriormente Ley 20)
El Capítulo 3 de la Ley 60 está dirigido a empresas que prestan servicios a clientes ubicados fuera de Puerto Rico. El objetivo es promover la isla como un centro internacional de servicios de exportación. Los ingresos derivados de servicios prestados en Puerto Rico a clientes externos tributan al tipo impositivo 4%.
| Ley de Beneficios 60 — Servicios de Exportación | Detalles |
|---|---|
| Tasa empresarial del ISR | 4% sobre ingresos elegibles |
| Dividendos de actividades exentas | 100% exento |
| Impuesto sobre la propiedad | Exención hasta el 75% |
| Impuesto de licencia municipal | Exención hasta el 50% |
| Duración del decreto | 15 años, renovable por 15 años adicionales |
| Actividades elegibles | Consultoría, marketing, desarrollo de software, servicios financieros, I+D, diseño, servicios de TI y muchos más |
Por qué Puerto Rico es un destino estratégico para la residencia
- Impuesto sobre las ganancias de capital del 0% para personas físicas — sobre las ganancias de capital obtenidas después de la residencia legal.
- Impuesto del 4% sobre las empresas de servicios exportados , uno de los más bajos del mundo para un territorio estadounidense.
- No se renuncia a la ciudadanía : Puerto Rico es un territorio estadounidense; usted conserva su pasaporte y su ciudadanía estadounidense o extranjera.
- Dólar estadounidense como moneda : sin riesgo cambiario, acceso al sistema bancario estadounidense.
- Etiqueta "Hecho en EE. UU." : los productos fabricados en Puerto Rico pueden estar etiquetados como "Hecho en EE. UU.".
- 863 Zonas de Oportunidad Calificadas : el 100% de las áreas de bajos ingresos están designadas como Zonas de Oportunidad Calificadas.
- Clima tropical y calidad de vida : sin invierno, playas caribeñas, cultura bilingüe y vibrante.
Cómo obtener la residencia en Puerto Rico
Los extranjeros que deseen mudarse a Puerto Rico están sujetos a las mismas leyes y regulaciones migratorias que Estados Unidos. Por lo tanto, inmigrar a Puerto Rico implica las mismas reglas que se aplican a cualquier estado de EE. UU. Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes tienen derecho a vivir en Puerto Rico del mismo modo que los puertorriqueños pueden vivir en el territorio continental de Estados Unidos.
La prueba de residencia de buena fe de Puerto Rico
Para beneficiarse de los incentivos fiscales de la Ley 60, debe convertirse en de buena fe de Puerto Rico. Este requisito exige cumplir tres pruebas acumulativas establecidas por el IRS:
Prueba de asistencia
El solicitante debe estar presente en Puerto Rico durante un período específico. Para aprobar este examen, debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:
- 183 días de presencia en Puerto Rico en el año fiscal
- 549 días en un período de 3 años (año actual + 2 años anteriores), con al menos 60 días por cada año fiscal
- Máximo 90 días en los Estados Unidos continentales durante el año fiscal.
- máximos de USD 3.000 provenientes de trabajo en los EE. UU. y más días residiendo en Puerto Rico que en los EE. UU.
- No se registraron conexiones significativas con los Estados Unidos continentales durante el año fiscal.
Prueba de impuestos de vivienda
El solicitante no debe tener domicilio fiscal fuera de Puerto Rico. Esto significa que la isla debe ser su residencia principal o su lugar de trabajo principal. Para beneficiarse de la Ley 60, es obligatorio adquirir una propiedad en Puerto Rico dentro de los dos años siguientes a la obtención del decreto. La propiedad debe ser la residencia principal y no puede ser arrendada a terceros.
Prueba de conexión más cercana
El solicitante no debe tener una conexión más estrecha con los Estados Unidos continentales ni con ningún otro país que con Puerto Rico. Los factores de elegibilidad incluyen: residencia permanente, familia, bienes, cuenta bancaria principal, afiliaciones comerciales, profesionales, culturales, religiosas, sociales y políticas en Puerto Rico.
Detalles del servicio
| Voz | Detalles |
|---|---|
| Tipo de servicio | Residencia de buena fe + decreto de la Ley 60 |
| Territorio | Puerto Rico 🇵🇷 (territorio estadounidense) |
| Precio total | A solicitud (varía según el tipo de decreto) |
| Qué incluye | Asesoramiento legal y fiscal, preparación de solicitudes para la Ley 60, apoyo para la apertura de cuenta bancaria y compra de inmuebles |
| Requisitos generales | Visa estadounidense válida (o ciudadanía estadounidense/residencia permanente), pasaporte, comprobante de recursos financieros, verificación de antecedentes |
| Documento emitido | Decreto de Exención Contributiva Ley 60 (contrato con el Gobierno de Puerto Rico) |
| Plazos del decreto | De 3 a 6 meses a partir de la presentación a través del Portal Único de Negocios (SBP). |
| Pagos aceptados | Transferencia bancaria internacional, criptomonedas (BTC, USDT, ETH) |
| Obligaciones anuales | Tarifa de presentación USD 5.000 + donación USD 10.000 a organizaciones locales sin fines de lucro |
Naturalización y ciudadanía estadounidense en Puerto Rico
Para los extranjeros que han obtenido la residencia permanente (Green Card) en Estados Unidos y residen en Puerto Rico, el proceso para obtener la ciudadanía estadounidense se rige por las normas federales del USCIS. La solicitud de naturalización (Formulario N-400) se presenta en la oficina local del USCIS en San Juan.
Requisitos para la naturalización
| Requisito | Detalles |
|---|---|
| Edad mínima | 18 años |
| Residencia permanente | 5 años (3 años si está casado con un ciudadano estadounidense) |
| Buena conducta moral | Pedido |
| Ausencias máximas | No exceda los 915 días (30 meses) fuera de los EE. UU. en los últimos 5 años |
| Costo de solicitud (N-400) | USD 725 (giro postal) |
| Documentos | Formulario N-400 completo, Tarjeta Verde, pasaporte de los últimos 5 años, 2 fotos 2×2 |
| Excepciones del idioma inglés | 50 años + 20 años de residencia, o 55 años + 15 años de residencia |

Puerto Rico vs. Panamá vs. Paraguay: Una comparación fiscal para los italianos
| Criterio | Puerto Rico 🇵🇷 | Panamá 🇵🇦 | Paraguay 🇵🇾 |
|---|---|---|---|
| Impuestos | Territorial (de facto según la Ley 60) | Territorial | Territorial 10-10-10 |
| Empresa ISR (elegible) | 4% (Ley 60) | 25% (estándar) | 10% |
| Ganancias de capital (particulares) | 0% (post-residencia) | 0% (fuente extranjera) | 0% (fuente extranjera) |
| IVA / ITBMS | 11,5% (IVU) | 7% (ITBMS) | 10% (IVA) |
| Divisa | Dólar estadounidense | USD + PAB | PYG |
| Sistema bancario | Estados Unidos (FDIC) | Centro Internacional Offshore | En desarrollo |
| Empresa obligatoria | No | Sí (para los italianos, Tratado de Amistad) | No |
| Compra de propiedad | Obligatorio en el plazo de 2 años (Ley 60) | No obligatorio | No obligatorio |
| Donación anual | USD 10.000 + tarifa USD 5.000 | Ninguno | Ninguno |
| Es hora de la ciudadanía | 5 años (naturalización estadounidense) | 5 años | 5 años (3 permanentes) |
| Coste de vida | Alto | Medio | Muy bajo |
Abrir una empresa en Puerto Rico
Puerto Rico ofrece un ecosistema corporativo integrado al sistema legal estadounidense. Las empresas registradas en Puerto Rico pueden operar como entidades estadounidenses de pleno derecho. El registro se realiza a través del Registro de Sociedades , dependiente del Departamento de Estado de Puerto Rico.
Tipos de Empresas en Puerto Rico
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (LLC) : la forma jurídica más popular entre los inversores que se acogen a la Ley 60. Es flexible y no requiere un capital mínimo. Puede tributar como sociedad colectiva o corporación.
- Corporación (Inc.) — equivalente a una sociedad anónima. Se utiliza para actividades más estructuradas y para empresas que requieren la Ley de Servicios de Exportación.
- Sociedad anónima tipo S : disponible solo para ciudadanos y residentes de EE. UU. Ofrece tributación transparente.
Tributación corporativa estándar en Puerto Rico
Fuera del marco de la Ley 60, Puerto Rico aplica un impuesto progresivo sobre la renta corporativa de hasta el 37.5% (incluido el recargo). Las empresas que se acogen a la Ley 60 para Servicios de Exportación se benefician de una tasa reducida del 4%. Los productos fabricados en Puerto Rico pueden etiquetarse como "Hecho en EE. UU.", lo que les brinda credibilidad y acceso a los mercados estadounidenses e internacionales.
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✉️ Escríbenos por WhatsAppAdemás de obtener la residencia en Puerto Rico, quizás le interese asegurar su situación fiscal estableciendo una segunda residencia en un país con tributación territorial, como Panamá o Paraguay. También podría explorar las ventajas de obtener la residencia en México.
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