Los directores designados (o miembros designados de la junta directiva) son directores designados por nuestro bufete para usted. Toda corporación o fundación debe tener tres directores designados al inscribirse en el registro público panameño. Los nombres y números de pasaporte de los directores figuran en la escritura pública de la corporación (o fundación), y esta información es pública. Cuando designamos directores designados para las entidades de nuestros clientes, les proporcionamos cartas de renuncia prefirmadas y sin fecha de cada director para que puedan reemplazarlos en cualquier momento.