No.
La Directiva de la UE sobre asistencia mutua entre los Estados miembros (y otros Estados miembros de la UE) para el cobro de deudas tributarias se transpuso al derecho nacional mediante el Decreto Legislativo n.º 149, de 14 de agosto de 2012, que transpone la Directiva 2010/24/UE.
El objetivo de la legislación de la UE es mejorar y facilitar la asistencia mutua en el cobro de deudas dentro de la Unión. El Decreto Legislativo, publicado en el Diario Oficial n.º 202, de 30 de agosto de 2012, establece las normas de asistencia mutua para el cobro de deudas contraídas en el territorio nacional o en otro Estado miembro en 19 artículos.
Los Estados o territorios con los que están en vigor acuerdos de intercambio de información y asistencia en el cobro de deudas tributarias son los que se enumeran a continuación:

  • Austria
  • Bélgica
  • Bulgaria
  • Chipre
  • Dinamarca
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Alemania
  • Grecia
  • Irlanda
  • Islandia
  • Letonia
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Noruega
  • Países Bajos
  • Polonia
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • Rumania
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • España
  • Suecia
  • Hungría